A OCHO DÉCADAS DE “NACIONALISMO Y COLONIAJE”
Pero “la revolución –lo ha dicho Bolívar– es un elemento que no se puede manejar: es más indócil que el viento”. (Montenegro)
Se trata de Franz Apaza, quien ocupa el puesto de Viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, autoridad que la semana pasada se refirió a las modificaciones que el proyecto de Ley 395 intenta introducir a la Ley 65. Insiste en que se aumentará la pensión solidaria de vejez y que no se pretende implementar una jubilación forzosa. Estas afirmaciones son medias verdades, como las que esgrimió su antecesora en junio del año pasado.
Hay que tener en cuenta que un trabajador que cuenta con 35 años o más de aportes recibe una pensión de 4.200 Bolivianos, si califica al beneficio del fondo solidario. El Viceministro de marras explicó que para esos jubilados el proyecto establece un aumento de 1.000 Bolivianos. Para el resto será de acuerdo a las nuevas tablas aplicables a la otorgación del fondo solidario. Sin embargo, el proyecto se refiere explícitamente a las pensiones en curso de pago (o sea la de aquellos que ya calificaron y se les está pagando una pensión con fracción solidaria) y deja el aumento sujeto a reglamentación. Mientras esa reglamentación no se promulgue solo aumentará la fracción solidaria a aquellas personas que se jubilen después de promulgada la modificación referida. Además, hay que considerar que, para alcanzar el máximo de la pensión solidaria (35 años), el trabajador debe haber aportado también al viejo sistema de pensiones al menos 8 años. Nadie, que sólo perteneció al sistema de capitalización individual, puede calificar 35 años de aportes porque este sistema recién cumplirá 27 años de funcionamiento el 1 de mayo de este año.
La modificación pondrá en una fila interminable a todas las personas que tienen 65 años para someterse a la revisión de su estado físico y mental por el Instituto Nacional de Salud Ocupacional. El proyecto hará que, literalmente, miles de trabajadores mayores de 65 años, que continúan trabajando, se expongan ante una comisión que deberá atender a estas miles de personas que, con certeza, tomará una eternidad. Si se cumple lo que dice el proyecto, esos trabajadores deberán de descontinuar su trabajo hasta que pasen ese examen. Por estas razones, esta exigencia se traduce en una jubilación forzosa para sectores profesionales principalmente, que, además, la han calificado de un atentado a su dignidad y, en diversos documentos y declaraciones, demuestran que es inconstitucional.
Este examen afectará a muchos profesionales en diversas actividades. Particularmente, a los profesionales de la salud que tienen carreras que empiezan a ejercer después de al menos 10 o 13 años de preparación. Luego continúan su carrera en puestos de salarios que no permiten aportes significativos por otros 10 años. O sea, si empezaron a ejercer sus profesiones a los 30 o 35 años y necesitan 35 años para obtener alrededor del 60 % de su salario promedio de los dos últimos años se está hablando de 65 a 70 años de edad. Si un Oncólogo empezó a trabajar en 1993, tendría hoy 3 años de aporte al viejo sistema y cerca de 27 en el nuevo. Ya tiene 65, su jubilación no supera los 3.000, y con un sueldo de cerca de los 14.000 Bolivianos, no es elegible para obtener una pensión solidaria. Además, se le exigirá el bendito examen ocupacional. Asimismo, exime del cumplimiento de someterse al mencionado examen ocupacional a los políticos electos o nombrados que tengan los 65 años o más, revelando un criterio discriminador y arbitrario.
Son como dos terceras partes de todos los jubilados hasta hoy que se benefician con una fracción del fondo solidario en su renta. Tienen, por lo tanto, un componente de capitalización individual alcanzado en las AFP y en la Gestora y, posiblemente, algo más del sistema de reparto. Son, también, trabajadores que han aportado al sistema sobre la base de un salario igual o menor a los 7.000 Bolivianos. La otra tercera parte no recibe nada del fondo solidario, aunque aportó al mismo, y según el viceministro, un 6 % del total de asegurados realizó aportes adicionales solidarios, porque tenían sueldos superiores a los 13.000.
Los asambleístas del Poder Legislativo deben informarse de manera completa y no a medias acerca del real alcance de las modificaciones propuestas a la Ley 65. La comisión respectiva de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el proyecto de Ley 350 sin prestar mayor atención a las observaciones realizadas por diferentes instancias de profesores universitarios, el Colegio Médico, el Magisterio y otros. Tal aprobación de esa comisión revela una conducta que responde más a una consigna partidaria que a un profundo análisis de los arbitrarios efectos del referido proyecto. Más aún, exhibe una aceptación ciega de las medias verdades del Viceministro Apaza.