CONSECUENCIAS DEL DIFERIMIENTO CREDITICIO SOBRE EL SISTEMA DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

El 21 de marzo de 2020 comienza la suspensión de aproximadamente todas las actividades económicas a razón del Decreto Supremo N°4199, que establecía una medida de cuarentena total en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, cuyo propósito era proteger a la población contra el contagio y propagación del Coronavirus (COVID-19). Sin embargo, si bien esta medida tenía el objetivo de preservar la salud de la población boliviana, no consideraba que la suspensión de actividades afectaría los ingresos de la población a medida que los gastos no se incrementaban como consecuencia de la demanda por parte de la población de artículos de desinfección y cuidados contra el coronavirus. Esta medida afectaría, sobre todo, a aquella población perteneciente al sector informal (comerciantes y trabajadores por cuenta propia). 

Considerando los datos del INE respecto a la Población en Edad de trabajar (PET); para el año 2019, se contaba con 8.080.393 personas, de las cuales, 1.570.980 personas eran prestatarios de los bancos, este último dato correspondiente al Informe de la ASFI respecto a los “Principales Indicadores Financiero de Bolivia 2020”. Lo que quiere decir que el 20,41% de la PET mantenía obligaciones con los bancos respecto a los créditos. 

Por las razones explicadas anteriormente, el 01 de abril de 2020, el Gobierno pondría en marcha la Ley N° 1294 (Decreto Supremo N° 4206), “Ley excepcional de diferimiento de pagos de créditos y reducción temporal del pago de servicios básicos”, esta Ley se encargaba de reprogramar los créditos durante los meses de marzo, abril y mayo, pero debido a que las condiciones económicas continuaron siendo adversas se aplicaron el Decreto Supremo N° 4248 (28 de mayo de 2020) que ampliaba la medida de diferimiento crediticio para los meses de abril, mayo y junio y la Ley N° 1319 (25 de agosto de 2020) que se encargaba de extender el plazo del diferimiento hasta el 31 de diciembre de 2020. Además, el Decreto Supremo N° 4318 establecía que las entidades de intermediación financiera deberían realizar el diferimiento automático del pago de las amortizaciones de crédito a capital e intereses, durante el tiempo de duración de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria. A estas medidas se le sumaba el Decreto Supremo N° 4409 (2 de diciembre de 2020), el cual, establecía un periodo de gracia de al menos cuatro meses para las operaciones de refinanciamiento o reprogramación de créditos cuyas cuotas fueron diferidas, este Decreto se enfocaba más en la gestión 2021.

Entonces, la pregunta que deberíamos hacernos es ¿cuál fue el impacto de estás medida sobre los bancos? Pregunta que será respondida a través de los siguientes gráficos:

Gráfico 1: Sistema de Intermediación Financiera Depósitos y Cartera de Créditos

(En millones de bolivianos y porcentajes)

Fuente: Elaboración propia con base a información a ASFI

Como puede apreciarse en el Gráfico 1, entre los años 2018-2019, se observar una disminución del 4,5% en la cartera de créditos y una disminución del 5,49% en los depósitos (aspecto explicado por los conflictos sociales y políticos que atravesó el país durante ese año). Y como puede observarse, la cartera de créditos comienza a descender a partir del año 2019, hasta la actualidad (enero de 2022) llegando a una cifra de sólo 5%, situación que no había ocurrido en el sistema de intermediación financiero desde el año 2009 hasta el año 2018. En cuanto a los depósitos, éstos mostraron un descenso desde 2020 a 2022, pero debe advertirse que el comportamiento respecto a la variación de los depósitos desde 2016, a la actualidad, ha sido bastante variable, pese a este aspecto todos los años mostraron crecimiento.

Como puede apreciarse a continuación, la cantidad de créditos reprogramados comenzó a incrementar de manera considerable a partir del año 2021, llegando a porcentajes superiores al 18% del total de créditos.  

Gráfico 2: Cartera de créditos reprogramados, 2019-2021

(en porcentajes)

Fuente: Elaboración propia con base a información a ASFI

De esta forma, y con toda la información vista anteriormente, sólo queda analizar el comportamiento de la cartera en mora a enero de 2022, para lo cual se tiene que ésta es de 3.353 millones de bolivianos, siendo superior en un 7,85% a la cartera en mora del año 2021 (3.109 millones de bolivianos).    

Gráfico 3: Índice de mora por tipo de entidad

Al 31 de enero de 2022

Fuente: Elaboración propia con base a información a ASFI

Este último gráfico, nos muestra que las entidades de intermediación financiera (EIF) más afectadas son los Bancos PYME y las Cooperativas. Mientras que las EIF menos afectadas son los Bancos Múltiples y las Instituciones Financieras de Desarrollo.  

Para finalizar, puede decirse que actualmente los créditos han disminuido considerablemente, los depósitos se recuperan de forma modesta, la cartera de créditos reprogramados aumentó de forma considerable y las EIF más afectadas hasta el momento son los Bancos PYME y las Cooperativas.